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Compro una vivienda, tengo que pagar IVA o ITP?

Al comprar un inmueble, la factura fiscal supone uno de los principales desembolsos a los que debemos hacer frente. En este artículo te explicamos la diferencia entre IVA e ITP y las principales características de cada tipo impositivo.

La primera diferencia es clara y simple. Cuando una persona compra un inmueble de obra nueva debe pagar el Impuesto del Valor Añadido (IVA), el impuesto que grava casi todas las transacciones en España.

Por su parte, si la vivienda es de segunda mano -la opción más común en España, pues representa el 80% de las operaciones realizadas anualmente-, en lugar de aplicar el IVA se aplica el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

El IVA en obra nueva
Por norma general, el IVA establecido en la venta de viviendas de obra nueva (incluidas hasta dos plazas de garaje por vivienda y anexo situados en el edificio que se transmitan conjuntamente) es del 10% del valor escriturado del inmueble, salvo algunas excepciones.

Así, por ejemplo, en Canarias se paga el 6,5% del Impuesto General Indirecto Canario y el 4% cuando se trata de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública.

El ITP en las viviendas de segunda mano
El ITP es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas, que como ya hemos dicho se aplica a las operaciones de compra o transmisión de viviendas de segunda mano entre particulares.

Es un tributo que se aplica allí donde se encuentre el inmueble, y en el que cada CCAA decide el porcentaje que aplica sobre el valor de referencia del Catastro, con la excepción de que el precio de compra sea mayor, en cuyo caso se gravará sobre esta última cantidad. El pago del ITP debe realizarse a los 30 días de escriturar la vivienda.

Así, en la práctica, y debido a la diferente tributación del ITP según la región, comprar un inmueble de segunda mano en una ciudad española o en otra supone pagar más o menos impuestos, tanto por los diferentes tipos de ITP que se aplican por toda la geografía nacional (que se mueven en una horquilla que va de entre el 4% (en el País Vasco, el más bajo de todos) y el 10% (en Cataluña y la Comunidad Valenciana) como por los precios de los inmuebles en cada zona.

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